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El Pleno del Ayuntamiento aprueba la modificación de la Ordenanza Municipal del Padrón de habitantes, que se endurece para reforzar la lucha contra la infravivienda

El Consistorio amplía las tipologías infractoras modificando la norma tras detectar, desde su puesta en marcha en junio de 2023, con el nuevo equipo de Gobierno, nuevas casuísticas que, hasta ahora al no tener previsión legal, se escapaban al control municipal

Fulgencio Gil, alcalde: “Nuestro compromiso es máximo. Buscamos contrarrestar de manera rotunda y de una vez por todas el ‘efecto llamada’ y erradicar el modelo de ciudad dormitorio que imperaba en Lorca”

Lorca, 17 de junio de 2025. El alcalde de Lorca, Fulgencio Gil Jódar, ha anunciado, en la mañana de hoy, la aprobación en el Pleno Extraordinario Municipal, celebrado en el Ayuntamiento, de la modificación de la Ordenanza reguladora de la gestión del Padrón Municipal de Habitantes y del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones.

Esta medida “tiene como objetivo fundamental perseguir todas aquellas conductas que atenten contra la dignidad de las personas, reforzar la lucha contra la infravivienda y adecuar el Padrón de habitantes a la realidad de nuestro municipio, que busca de manera definitiva dar carpetazo al modelo de ciudad dormitorio que imperaba en Lorca”.

“Si hace apenas un mes, ordenamos las primeras demoliciones y multas de hasta 100.000 euros por acometer obras ilegales y convertir inmuebles en infraviviendas, ahora damos un paso más, marcando un nuevo hito en relación a la lucha contra la infravivienda en nuestro municipio”.

“La Ordenanza entró en vigor el 7 de junio de 2023 y, desde entonces, ha venido aplicándose con la finalidad de que el Padrón Municipal de Habitantes sea fiel reflejo de la realidad poblacional y del domicilio de sus habitantes. Ahora, esta modificación de la Norma supone la adaptación a nuevas tipologías de infracciones, y llega tras un trabajo arduo y continuo por parte de la Unidad de Control del Padrón, puesta en marcha por este equipo de Gobierno”.

Y es que la aplicación de esta herramienta ha permitido sacar a la luz determinadas actuaciones fraudulentas que escapaban al control municipal, por lo que el Órgano de Control del Padrón propuso la modificación de la Ordenanza para ampliar los tipos infractores y poder castigar a todas aquellas personas que incumplen sus obligaciones para con el Padrón.

Concretamente, la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Gestión del Padrón Municipal de habitantes y del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones con el padrón de habitantes afecta al CAPÍTULO II (Infracciones) artículos 24, 25 y 26, es decir, a las infracciones leves, graves o muy graves, respectivamente.

Entre los tipos modificados, destacan, por ejemplo, los siguientes supuestos:

Hasta ahora, respecto a la falta de veracidad en su declaración sobre el domicilio de otra persona, la referida normativa municipal solo castigaba con la imposición de multas que van desde los 375 euros hasta los 3.000 al propietario y titular del contrato de arrendamiento, pero con la modificación el ‘reproche’ administrativo se extiende también al representante de estos y a cualquier persona que autorice la inclusión en la hoja padronal, siempre y cuando su declaración no se ajuste a la realidad.

Como aspecto más novedoso, la modificación incluye como infracción de carácter muy grave la cometida por el propietario de un inmueble que, con la finalidad de empadronar a personas, realice modificaciones en el mismo o en sus elementos privativos para proceder a su cambio de uso a vivienda sin la preceptiva autorización municipal. “Hemos visto cómo son numerosas las obras acometidas en locales comerciales para reconvertirlos en infraviviendas en detrimento de espacios que deberían estar destinados al ejercicio de actividades hosteleras y comerciales”.

Destaca también que todas las infracciones cometidas en materia de infravivienda constarán en el Registro de la Propiedad y se traducirán en una carga para el inmueble afectado, protegiendo con ello a terceros adquirentes de buena fe.

“El Padrón Municipal -ha recordado el primer edil- es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Está básicamente regulado por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales”.

En el ámbito de colaboración normativa de los municipios respecto a la regulación de la presente normativa, conviene resaltar que la garantía de la autonomía local (artículos 137 y 140 de la Constitución Española) abre un amplio campo para la regulación municipal, siempre que encuentre legitimación plenaria en su ulterior aprobación, como es el caso.

“Animo a los lorquinos a que sigan colaborando en la lucha contra los fraudes cometidos en relación al Padrón Municipal a través del número de WhatsApp puesto a disposición por el Ayuntamiento por el que se pueden realizar comunicaciones de forma anónima (608 87 72 04).

“Esta es una apuesta absoluta de este equipo de Gobierno y seguirán llegando actualizaciones y sanciones para todos aquellos que incumplan sus obligaciones en relación al Padrón. Nuestra pretensión es que el empadronamiento fraudulento sea tipificado específicamente como delito en el ordenamiento jurídico español, contemplando penas de privación de libertad y sanciones económicas, procesando a quienes se lucran con estas prácticas y a quienes participen en su comisión”.